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INT-PE-457 Reclamación sobre la aprobación inicial de modificaciones de crédito

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INT-PE-457 Reclamación sobre la aprobación inicial de modificaciones de crédito

Desde el día 01/01/2024 hasta el día 01/01/2044

INFORMACIÓN:

Requisitos y motivos para interponer la reclamación: Establecidos en el art.170 RDL 2/2004, de 5 de marzo    Artículo 170. Reclamación administrativa: legitimación activa y causas:

1. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior, tendrán la consideración de interesados:

a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local.

b) Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la entidad local.

c) Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.

2. Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto:

a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta ley.

b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo en ciudadanos y en empresas.

c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.
 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE GODELLA - P4613700F
Carrer Major,45
46110 Godella (Valencia)
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