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TRE-PE-150 Procedimiento de solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento y en su defecto suspensión

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TRE-PE-150 Procedimiento de solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento y en su defecto suspensión

DESCRIPCIÓN

  • Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento del obligado al pago cuando su situación económico-financiera le impida de forma transitoria efectuar el pago en los plazos establecidos en los casos y en la forma que se determina en la Ordenanza Fiscal General de gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Godella regulado en su artículo 70, Disposición adicional Tercera y con carácter subsidiario se aplicará lo establecido en el Reglamento General de Recaudación al respecto. La presentación de la solicitud no inicia el período ejecutivo, pero si se devengan intereses de demora, que se pagaran junto con cada plazo o fracción a pagar. No se exigirá interés de demora en los acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento de pago que hubieran sido solicitados en período voluntario, en las condiciones y términos previstos en la ordenanza, siempre que se refieran a deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva y que el pago total de estas se produzca en el mismo ejercicio que el de su devengo.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Formulario en el que figure:
    • (a) Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado al pago y, en su caso, de la persona que lo represente.
    • b) Identificación de la deuda cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita, indicando al menos su importe, concepto y fecha de finalización del plazo de ingreso en periodo voluntario.
    • c) Causas que motivan la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento.
    • d) Plazos y demás condiciones del aplazamiento o fraccionamiento que se solicita.
    • e) Garantía que se ofrece, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
    • f) Orden de domiciliación bancaria, indicando el número de código cuenta cliente y los datos identificativos de la entidad de crédito que deba efectuar el cargo en cuenta, cuando la Administración competente para resolver haya establecido esta forma de pago como obligatoria en estos supuestos.
    • g) Lugar, fecha y firma del solicitante.
    • h) Indicación de que la deuda respecto de la que se solicita el aplazamiento o fraccionamiento no tiene el carácter de crédito contra la masa en el supuesto que el solicitante se encuentre en proceso concursal.
    • i) Solicitud de compensación durante la vigencia del aplazamiento o fraccionamiento con los créditos que puedan reconocerse a su favor durante el mismo periodo de tiempo.
  • Garantía Tanto en el caso de deudas notificadas individualmente como en el de deudas de notificación colectiva y vencimiento periódico, se requerirá lo siguiente: a) Hasta 180,30 euros de deuda a aplazar, se admitirá como garantía la fianza personal y solidaria prestada por dos contribuyentes de reconocida solvencia residentes en la localidad. b) Para cantidades superiores a 180,30 euros de deuda a aplazar, se requerirá garantía consistente en aval o fianza de carácter solidario de Entidad de Depósito, acompañando con la solicitud el correspondiente compromiso expreso de estas entidades de formalizar el aval necesario si se concede el aplazamiento.
  • Cuando se solicite la admisión de garantía que no consista en aval o fianza de entidad de Depósito, se aportará, junto a la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento la siguiente documentación: a) Declaración responsable y justificación documental de la imposibilidad de realizar dicha fianza u obtener dicho aval, acreditando las gestiones efectuadas para su obtención. b) Valoración de los bienes ofrecidos en garantía efectuada por empresas o profesionales especializados e independientes. Cuando exista un registro de empresas o profesionales especializados en la valoración de un determinado tipo de bienes, la valoración deberá efectuarse, preferentemente, por una empresa o profesional inscrito en dicho registro. c) Balance y cuenta de resultados del último ejercicio cerrado e informe de auditoría, si existe, en caso de empresarios o profesionales obligados por ley a llevar contabilidad.
  • Cuando se solicite la dispensa total o parcial de garantía, se aportará junto a la solicitud la siguiente documentación: a) Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía. b) Justificación documental de la imposibilidad de realizar fianza u obtener aval de entidad de Depósito, en la que consten las gestiones efectuadas para su obtención. c) Balance y cuenta de resultados de los tres últimos años e informe de auditoría, si existe, en caso de empresarios o profesionales obligados por ley a llevar contabilidad. d) Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.
  • Se establece la dispensa total de garantías a través de la Disposición Adicional 3ra de la Ordenanza de Gestión, Recaudación e Inspección, para deudas procedentes de liquidaciones de notificación colectiva y vencimiento periódico de los Impuestos Municipales sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y sobre Actividades Económicas, en los supuestos y condiciones siguientes: 1. Impuesto Municipal sobre Bienes de Naturaleza Urbana: Podrán solicitarse por los obligados al pago del citado tributo que tengan la condición de pensionistas, preceptores de pensiones asistenciales, preceptores de prestaciones económicas regladas (PER), preceptores de prestaciones económicas de protección de menores, trabajadores en situación de paro, trabajadores que perciban el salario mínimo interprofesional (SMI), u otros obligados al pago del Impuesto que se hallen en circunstancias análogas a las especificadas. Los solicitantes deberán acompañar a su petición escrita la documentación que acredite, de un lado, hallarse en las circunstancias referidas en el anterior apartado a) y, además, acreditar su condición de carecer de otros ingresos mediante aportación de copia de las declaraciones anuales a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes a los dos ejercicios anteriores y, en su caso, las del Impuesto sobre el Patrimonio. En caso de no venir obligados a presentar dichas declaraciones, deberán suscribir declaración jurada o responsable acerca de la exclusividad de sus ingresos y sobre la carencia de otros bienes inmuebles o patrimonio realizable, extremos que serán comprobados por la unidad administrativa competente para el trámite de las solicitudes, mediante consulta de los registros, de carácter fiscal o no, del Ayuntamiento. Los solicitantes formularán, además, orden de domiciliación de la cuota o cuotas del Impuesto Municipal sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana para los ejercicios sucesivos, en cuenta abierta en Entidad de Depósito colaboradora de la Administración Municipal en la recaudación.
  • Impuesto Municipal sobre Actividades Económicas: En los casos particulares de cese definitivo del negocio o cierre temporal del mismo por causa de enfermedad, podrán solicitarse estos aplazamientos y fraccionamientos especiales del pago, acompañando los interesados junto a la solicitud la correspondiente acreditación documental de haber presentado la declaración de baja con anterioridad a la petición de aplazamiento. Documentación necesaria a presentar por interesados: 1 Formulario oficial con la información requerida establecida en el art. 46.2 Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. 2 Garantía constituida mediante aval , la cual deberá exceder al menos en seis meses al vencimiento del plazo o plazos garantizados ó compromiso de que se formalizará en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la notificación del acuerdo de concesión cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE GODELLA - P4613700F
Carrer Major,45
46110 Godella (Valencia)
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