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SRS-PE-230 Teleasistencia
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SRS-PE-230 Teleasistencia
INFORMACIÓN
La Teleasistencia Domiciliaria es un servicio de atención domiciliaria que funciona a través de la línea telefónica, con un equipo de comunicación e informático específico, ubicado en un Centro de Atención y en el domicilio de los usuarios, que les permite, con sólo apretar el botón de un pulsador portátil, entrar en contacto verbal “manos libres”, las 24 horas del día y los 365 días del año, con ese centro, atendido por personal especializado, para dar respuesta adecuada a la crisis presentada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos o materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad.
Satisfacer la atención médica domiciliaria de las personas mayores de 65 años que, por su situación personal, se encuentren solas en el domicilio. A través del teléfono y mediante un equipo de comunicación informático, instalado tanto en un centro de atención como en el domicilio de los usuarios, las personas mayores entran en contacto verbal con el centro, atendido por personal especializado, que les da respuesta adecuada a la crisis presentada, bien por sí mismo o por medio de otras personas o recursos materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad. El sistema, de manos libres, se activa al pulsar el botón que llevan los usuarios constantemente y sin molestias, las 24 horas del día y los 365 días del año.
Los servicios sociales del Ayuntamiento cumplimentaran el formulario de petición y remitirán la documentación requerida mediante teletramitación a través de la plataforma habilitada al efecto.
Una vez recibida la solicitud en el Servicio de Bienestar Social de la Diputación, se procederá a validarla e iniciar el procedimiento resolutorio mediante la apertura del expediente correspondiente.
Para informacion actualizada:
Teleasistencia
El Servicio de Bienestar Social presta el servicio de teleasistencia domiciliaria, a través de los municipios de la provincia, mediante un convenio marco suscrito entre el IMSERSO, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Diputación de Valencia. El servicio es gratuito tanto para los ayuntamientos como para los usuarios.
El trabajador social del departamento municipal de servicios sociales comprobará que los requisitos de la persona solicitante se ajustan a los señalados en el presente Reglamento; así como que la solicitud se acompañe de toda la documentación, y procederá a girar visita domiciliaria de comprobación, que se plasmará en el correspondiente informe social, en el que además, en atención a la situación personal del solicitante, deberá proponerse la aprobación o denegación de la misma. Cuando la propuesta social sea de denegación, ésta sólo podrá fundarse en el incumplimiento por parte de la persona solicitante de los requisitos de acceso al programa fijados en este Reglamento. La valoración social que formule el trabajador o la trabajadora social incluirá en su caso, las consideraciones de urgencia o prioridad que hayan de servir de base para otorgar a la persona solicitante la puntuación a la que se refiere la letra d) del Baremo o para determinar la concurrencia del supuesto de urgencia previsto.
El ayuntamiento dará traslado de la solicitud junto con la documentación y los informes, médico y social, utilizando la vía telemática, mediante la plataforma habilitada a estos efectos
Será obligación del Ayuntamiento adherido la guarda y custodia de la documentación original que presente el solicitante. Deberá ponerla a disposición de la Diputación de Valencia cuando se le solicite por el Servicio de Bienestar Social
DOCUMENTOS A APORTAR
Informe médico
Documentación requerida por la Diputación de Valencia
Copia del D.N.I. del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia.
Certificado de convivencia.
Certificado de empadronamiento.
Copia de la declaración de renta y patrimonio o, en su caso defecto, certificado negativo expedido por la Delegación de Hacienda.
Certificado del año en curso de pensiones, Inem,empresa o, en su defecto, declaración jurada de ingresos.
Certificado de bienes rústicos y/o urbanos.
Copia del último recibo del I.B.I.
Informe social.
Informe médico.
Copia de la cartilla de la Seguridad Social.
Autorización del usuario a la empresa.
Número de teléfono de sus hijos y/o vecinos con quien mantenga relación de amistad.
Requisitos de la instancia
La instancia deberá ser firmada
Permite interesados que sean personas físicas
Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE GODELLA - P4613700F
Carrer Major,45
46110 Godella (Valencia)
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