INFORMACIÓN
DOCUMENTOS A APORTAR
1. Instancia normalizada del Ayuntamiento de Godella para solicitud de OBRA MAYOR (impreso OMA-1).
2. PROYECTO básico (o proyecto de ejecución definitivo) firmado por técnico con competencia y visado por su colegio profesional, por duplicado ejemplar. Necesariamente se deberá justificar el cumplimiento de la normativa vigente sobre protección contra incendios, condiciones acústicas, condiciones térmicas, normas de habitabilidad y diseño, RITE, NCSR-02 y, en general, toda aquella normativa que la legislación vigente obligue a tener en cuenta para la concesión de licencia.
3. ESTUDIO de Seguridad y Salud, de acuerdo con R.D. 1627/97 de 24 de octubre, firmado por técnico con competencia y visado por su colegio profesional, así como nombramiento del coordinador de Seguridad y Salud durante la redacción del proyecto.
4. Ficha estadística de Edificación y Vivienda (modelo EV-1), debidamente cumplimentada y firmada por el técnico redactor y el promotor (cumplimentación obligatoria según Ley 4/90).
5. Ficha urbanística debidamente cumplimentada y firmada por el técnico redactor del proyecto y visada por su colegio profesional (cumplimentación obligatoria según art. 47 del RDU).
6. Justificante de la LIQUIDACIÓN de las correspondientes Tasa por licencia, Impuesto sobre construcciones y Fianza para responder por posibles daños a la vía pública.
En caso de actuaciones en viviendas pertenecientes al casco antiguo de Godella que afecten al subsuelo de la edificación
7. En caso de actuaciones en viviendas pertenecientes al casco antiguo de Godella que afecten al subsuelo de la edificación, es necesaria la presentación de la autorización de
la Consellería competente en materia de cultura.
LA NO PRESENTACIÓN DE CUALQUIERA DE LOS ANTERIORES DOCUMENTOS MOTIVARÁ LA NO ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD
8. Nombramiento de aparejador/arquitecto técnico director de la ejecución de la obra, firmada por este y visada por su colegio profesional.
9. Nombramiento de coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, firmada por este y visada por su colegio profesional.
10. Informe de las compañías suministradoras de agua potable y energía eléctrica en el que se haga constar la disponibilidad del suministro o, en caso contrario,
indicando las obras a realizar para conseguirlo, así como si dichas obras se ejecutan por la propia compañía o por el promotor con sus medios.
En caso de inmuebles con garaje con capacidad para 5 o mas plazas de aparcamiento:
11. PROYECTO de Actividad Calificada, firmado por técnico con
competencia y visado por su colegio profesional, por triplicado ejemplar. En el caso de plazas vinculadas exclusivamente a las viviendas o locales del edificio,
ademas, deberá presentarse compromiso de inscribir tal condición en la declaración de obra nueva y división horizontal de la finca (impreso
LOFCE-28a) o, en caso contrario, declaración de no vinculación de las plazas de garaje a las viviendas o locales (impreso LOFCE-28b).
En caso de viviendas en régimen de división horizontal:
12. PROYECTO de Instalación de Telecomunicaciones (R.D. 401/2003) firmado por técnico con competencia y visado por su colegio profesional.
En caso de viviendas de antigüedad superior a cincuenta años:
13. Informe de Evaluación del Edificio (IEE), de acuerdo con el artículo 180.2 de la Ley 5/2014,
de 25 de julio y DECRETO 53/2018, de 27 de abril, del Consell, por el que se regula la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de
vivienda y su Registro autonómico en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
LOS DOCUMENTOS 11, 12 Y 13 SON, EN CASO DE SU APLICACIÓN, IMPRESCINDIBLES PARA LA CONCESIÓN DE LA LICENCIA
Si se trata de construcción de nueva planta o rehabilitación con ampliación de cota máxima del inmueble o edificio:
14. Aportar, junto con la instancia de licencia de obra mayor, solicitud AESA cumplimentada.
Si las construcciones, instalaciones o plantaciones exceden de 45 metros de altura (añadidos incluidos), resulta preceptivo informe favorable de AESA, de acuerdo con el art. 30 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril. Informe disponible en la página 7 de este documento.
Si se trata de una Unidad de Actuación Aislada en suelo urbano de la que derive una cesión de viales:
15. Escrito firmado por el promotor de la cesión de los viales (impreso LUV-11) y copia original autorizada de las escrituras de cesión al Ayuntamiento.
16. Proyecto de urbanización firmado por técnico con competencia y visado por su colegio profesional.
En caso de solicitar la simultánea edificación y urbanización (artículo 182.2 de la LUV):
17. Compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de urbanización y de incluir tal condición en las transmisiones de propiedad o uso del
inmueble (Impreso LUV-182).
18. Fianza por el 100% del importe de las obras de urbanización.
Antes del comienzo de las obras se deberá aportar necesariamente:
19. En caso de aportar al inicio sólo el proyecto básico, PROYECTO de ejecución , firmado por técnico con competencia y visado por su colegio profesional, que contendrá las preceptivas fichas de cumplimiento de la normativa vigente (FCA, FKG, NCSE, IEH, etc.).
20. Fotocopia del alta del I.A.E. del constructor, en caso de desconocerse en el momento de la solicitud.
Si se prevé la instalación de grúa-torre para la ejecución de la obra
21. Se solicitará mediante instancia normalizada Sede Electrónica - AJUNTAMENT DE GODELLA con la documentación requerida al efecto.
Notas:
(1) Los proyectos que contemplen la realización de más de una vivienda unifamiliar en una sola parcela precisarán la presentación del correspondiente Estudio de Detalle
(artículo 109.2 del PGOU de Godella)
(2) Todo proyecto deberá incluir plano, a escala mínima 1/200, de cada uno de los viales públicos a los que presente fachada, con acotación de su anchura y localización de
todos los elementos de urbanización, instalaciones, señalización y mobiliario urbano existentes, así como, en su caso, la proyección de vuelos, balcones y aleros que
vayan a sobresalir del plano de fachada.
(3) Los proyectos sobre inmuebles que estén protegidos, o lo estén sus colindantes, deberán incluir un dossier fotográfico con un mínimo de una fotografía por fachada,
así como de sus elementos representativos, y plano de inserción del edificio en el entorno donde se grafiarán (en alzado) los edificios colindantes, a escala mínima 1/100.
(4) Los proyectos sobre parcelas en las que se aplique normativa de ocupación máxima deberán incluir un plano, a escala mínima 1/200, donde se localice la posición exacta
de los árboles existentes, la envergadura de su copa, su calibre, su especie y edad aproximada, señalando aquellos que vayan a resultar talados o afectados por las obras.
(5) Para la posterior ocupación de la/s vivienda/s deberá solicitarse la correspondiente licencia municipal de primera ocupación, aportando la documentación que a tal efecto se debe presentar.