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PCI-PE-110 Inscripción asociación en Registro Municipal de Asociaciones

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PCI-PE-110 Inscripción asociación en Registro Municipal de Asociaciones

INFORMACIÓN

  • El Registro Municipal de Asociaciones (REMA) tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en el municipio, sus fines y representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal.
  • El REMA es independiente del Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana en el que, asímismo, deberán figurar inscritas todas ellas. El REMA es independiente de otros registros públicos.
  • Podrán obtener la inscripción en el REMA todas aquellas asociaciones cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos y de las vecinas del municipio y, en particular, las asociaciones vecinales de un barrio o distrito, las de padres y madres de alumnos y alumnas, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales o profesionales o cualesquiera otras similares.
  • REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REMA:
    • 1. Antes de la inscripción en el registro municipal: a) Las asociaciones solicitantes deben estar inscritas previamente en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana. b) Las asociaciones solicitantes deben desarrollar su actividad en el municipio de Godella.
    • 2. En el momento de la solicitud de Inscripción en el REMA: 
      • a) El domicilio social deberá estar obligatoriamente en Godella. Cuando se trate de asociaciones de ámbito superior al local, deberán presentar certificado en el que se haga constar que la asociación tiene una sede con domicilio social en Godella y ámbito de actuación para la ciudadanía de Godella.
      • b) Las actividades que desarrollen deben dirigirse a la ciudadanía de Godella.
      • c) Se deben utilizar los impresos normalizados para la solicitud de alta en el REMA.
      • d) En el caso tratarse de personas jurídicas, habrá que estar a lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

DOCUMENTOS A APORTAR

  • Impreso normalizado para solicitud de alta de asociaciones, donde deberá hacer constar todos los datos requeridos.
    • a) Datos de la asociación;
    • b) Datos de los diferentes registros;
    • c) Datos de la junta directiva;
    • d) Firma del presidente/a o secretario/a de la asociación y sello
  • Original o copia cotejada de los estatutos de la asociación,  con la diligencia de inscripción en la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.
  • Original o copia cotejada de la resolución de la Conselleria de Justicia, Interior y  Administraciones Públicas, Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana donde figura el número de inscripción de la asociación en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.
  • En el caso de asociaciones de ámbito social superior al local: Certificado expedido por la asociación en su ámbito superior,  en el cual se haga constar que la asociación tiene una sede con domicilio social en Godella y ámbito de actuación para la ciudadanía de Godella.
  • Documentos que se han de presentar para dar de alta a la asociación en el registro municipal de asociaciones :
    • Estatutos de la asociación con la diligencia de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana, unidad territorial de Valencia.
    • Resolución de la Consellería, Registro de la Dirección Territorial de Gobernación y Justicia de Valencia, donde figura el número de inscripción de la asociación en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.
    • El domicilio social deberá ser necesariamente en Godella.
    • Nombre y apellidos de las personas que ocupan los cargos directivos.
  • Documentos que se han de presentar para la modificación de otros datos de la asociación :
    • Cuando se trate de los estatutos o sus artículos:
      • Deberá tener en cuenta lo establecido en el artículo 16 de la Ley Orgánica 1/2002, de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
      • La inscripción de las modificaciones estatutarias se sujetará a los mismos requisitos que la inscripción de los Estatutos.
      • Cuando se trate de miembros de la Junta Directiva:
      • Certificado extendido por el/la Secretario/a de la asociación del cambio del miembro o miembros, acordado por la Asamblea General.
      • Otras modificaciones:
      • Certificado extendido por el/la Secretario/a de la asociación de la modificación correspondiente.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE GODELLA - P4613700F
Carrer Major,45
46110 Godella (Valencia)
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